La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba dio un vuelco jurisprudencial en la doctrina que sustentaba hasta ahora, al validar una eximente de responsabilidad alegada luego de que quedó trabada la litis.
Noticias

FUENTE: www.actualidadjuridica.com.ar

Al tratar la divergencia jurisprudencial sobre la posibilidad de ponderación oficiosa de una eximente de responsabilidad civil no aducida por el accionado al contestar demanda, pero avalada por la prueba rendida en la causa, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ), por mayoría, confirmó la sentencia de la Cámara que hizo lugar a la culpa de la víctima por su estado de ebriedad, indicada por la accionada recién en los alegatos. Para la minoría, la eximente no integró la traba de la litis.

Fuente: Comercio y Justicia

Fecha: 03/07/2017 – Región: Córdoba